El hecho de que un vino o bodega contenga en su nombre “Pago de…” no significa que sea un Vino de Pago. ¿Qué son, entonces, los Vinos de Pago? ¿Por qué se puede dar ese nombre si no están calificados como vinos de pago realmente?
Los Vinos de Pago son vinos elaborados y embotellados en bodegas situadas dentro de una indicación geográfica determinada que tienen unas características muy específicas en cuanto a orientación de viñedo, clima y terruño que los diferencia del resto de vinos de esa zona.
Para estar registrado como Vino de Pago tiene que cumplir una serie de requisitos recogidos en la normativa: que sean elaborados y embotellados por las personas que ostenten la titularidad del viñedo; que toda la uva de ese vino proceda de viñedos de ese pago concreto; que el vino se elabore de manera separada de otros vinos en esa bodega determinada; deberán cumplir con un sistema de calidad integral específico y contarán con una norma reguladora y un órgano de gestión.
En Francia, hace años, se clasificó la tierra y se otorgaba la calificación de Cru y Gran Cru a lugares privilegiados para el cultivo de la viña. Los vinos más exclusivos, caros y famosos proceden de estos lugares. En España se intentó realizar algo parecido y según la clasificación de los vinos existen vinos de mesa, vinos de la tierra con indicación geográfica, vinos de calidad con indicación geográfica, vinos de DO (Denominaciones de Origen), Vinos de DO Calificadas y Vinos de Pago.
En nuestro país hay aproximadamente en la actualidad unos 15 vinos calificados de Pago pero existen muchas bodegas y vinos cuyo nombre contiene las palabras “Pago de…”.
La normativa también tiene en cuenta la terminología para no confundir al consumidor, en ese sentido el año 2005 ha supuesto un antes y un después en las etiquetas de los vinos embotellados a partir de esa fecha. Por ejemplo, las marcas que se registraron después de la normativa
8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León solo podrán tener el nombre “Pago de…” si en la etiqueta se refleja “
no reconocido como vino de pago”. En cambio, si la marca está registrada antes de dicha normativa tendrá que indicarse, en esos vinos embotellados con posterioridad a esa fecha, “
marca registrada con anterioridad al 7 de julio de 2005”. En el caso de que nos encontremos vinos sin estas indicaciones seguramente sea porque se embotellaron y etiquetaron con anterioridad al año 2005.