Han pasado 52 días desde que el 14 de marzo se declarara el Estado de Alarma en nuestro país como consecuencia de la pandemia ocasionada por el COVID-19. Ahora que parece que toda la economía y la sociedad comienza a ver la luz, vamos a analizar las normas que recoge la Orden del Ministerio de Sanidad y publicada en el BOE mediante la cual se inicia el proceso de desescalada hacia la nueva normalidad.
Ha quedado muy lejos ya ese 14 de marzo en el que se establecía un primer periodo de Estado de Alarma de dos semanas. La incertidumbre sobre lo que iba a pasar a finales del mes de marzo, si se iba a prolongar en el tiempo esa situación o cuando podríamos volver a salir a la calle han sido ideas que han rondado nuestra cabeza día tras día.
Hoy, más de un mes y medio después, la sociedad y la economía comienzan a despertar y es tiempo de hablar de desescalada hacia una nueva normalidad.
La hosteleria y la restauración y el COVID-19
Desde el pasado 14 de marzo, todos los establecimientos y locales comerciales, así como todas las actividades de hostelería y restauración se han visto contenidas. En el mejor de los casos únicamente se ha permitido el reparto de comida a domicilio para garantizar así la contención de la pandemia y el control de la enfermedad. Pero la inmensa mayoría de bares y restaurantes cerraron sus puertas hace 7 semanas y no es hasta ahora, momento en el que comienzan a reunirse las condiciones sanitarias necesarias, cuando la actividad económica de este sector puede volverá arrancar.
Según la Orden del Ministerio de Sanidad del 3 de mayo, cuya entrada en vigor comenzaba el lunes 4 de mismo mes, se establecen las condiciones en diferentes fases que el proceso de desescalada (gradual y adaptable) deben llevar a cabo las actividades de hostelería y restauración.
El objetivo de este plan de desescalada es “conseguir que, manteniendo como referencia la salud pública, se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la población y evitando que las capacidades del Sistema Nacional de Salud se puedan desbordar.”
Para ello, “se dispone que las actividades de hostelería y restauración podrán realizarse, además de mediante el servicio de entrega a domicilio ya permitido, mediante la posibilidad de recogida por el cliente en el establecimiento, siempre que se respeten determinadas medidas de higiene, prevención y aforo.”
Condiciones para las actividades de hostelería y restauración
En el Capítulo 2 de la citada Orden Ministerial, en el artículo 5º se establecen las condiciones que deben reunir las actividades de hostelería y restauración para su puesta en marcha. En resumen:
- Se podrán realizar servicios de entrega a domicilio y de recogida de pedidos por los clientes en los establecimientos. Queda prohibido el consumo en el interior de los establecimientos.
- El sistema de reparto será preferente hacia personas mayores de 65 años, dependientes u otros colectivos vulnerables.
- Si hablamos de recogida en el establecimiento, el pedido habrá de realizarse por teléfono o cualquier otro medio digital (e-mail, comercio electrónico, whatsapp…), nunca directamente en el local.
- El establecimiento fijará un horario para la recogida de cada pedido para evitar aglomeraciones.
- El establecimiento deberá contar con un espacio habilitado y señalado para la recogida de pedidos. En ese espacio se realizará el intercambio y el pago.
- En todo momento deberá garantizarse la separación física establecida y si no es sería necesario instalar mostradores o mamparas.
- Si el establecimiento dispone de puntos de solicitud y recogida de pedidos para vehículos, el cliente podrá realizar dicho pedido desde su vehículo.
- El horario de apertura se limita al de recogida de pedidos.
Los trabajadores de hostelería y restauración.
Para reducir al máximo la exposición de los trabajadores a la enfermedad, también se establecen una serie de medidas para prevenir dichos riesgos. Tales medidas son implican que NO se podrán incorporar a su puesto de trabajo:
- Aquellos trabajadores diagnosticados como positivo por COVID-19.
- Trabajadores con síntomas aunque no estén diagnosticados.
- Trabajadores asintomáticos que se encuentren en cuarentena por haber tenido contacto con enfermos o personas con síntomas.
El titular de la actividad económica deberá cumplir con las obligaciones de prevención de riesgos establecidas y se asegurará de que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo (mascarillas, geles hidroalcohólicos y/o jabones…)
Higiene y aforo para los clientes.
Dicha orden también regula las medidas en materia de higiene para los clientes y el aforo de los establecimientos. Dichas medidas implican poner a disposición de los clientes geles hidroalcohólicos y papeleras con tapa (no manual) y bolsa de basura. El tiempo que los clientes pueden permanecer en los establecimientos es el necesario para llevar a cabo la recogida de pedidos.
Si es posible la atención personalizada de más de un cliente al mismo tiempo, deberá señalarse de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, con balizas, con cartelería…, siempre teniendo en cuenta que no se podrá atender, de manera simultánea, a varios clientes por el mismo trabajador. Si no se puede atender individualmente a más de un cliente al mismo tiempo, el acceso al establecimiento se realizará de manera individual, no permitiéndose la permanencia en el mismo de más de un cliente (salvo que se trate de un adulto acompañado pro una persona con discapacidad).
A la vista de los acontecimientos, estamos viviendo momentos, pero está claro que, con la responsabilidad y el esfuerzo de todos, podremos salir antes de esta situación. Ante todo debemos ser positivos y pensar que hace un par de semanas no se atisbaban indicios de apertura inmediata. En pocos días se pasará de la fase 0 de la desescalada a la fase 1 y las condiciones serán más flexibles. Y antes de que podamos darnos cuenta, todo esto no habrá sido más que una horrible pesadilla.
Mucho ánimo. Ya queda menos.